SUSTRACCION ILEGITIMA Concepto
La prima consiste en una determinada
cantidad de dinero que el asegurado paga al asegurador, para que este ultimo
asuma el riesgo de una posible sustracción de bienes muebles que de manera ilícita
y violenta experimente en su patrimonio. Usualmente es contratado este seguro
por comerciantes, quienes se garantizan frente a sustracciones ilícitas
Coberturas básicas:
robo de los bienes asegurados, en función de la suma asegurada y la prima pagada.
Fianza concepto
Es un contrato mediante el cual una
persona se compromete con el acreedor a pagar una suma de dinero en caso que el
deudor con cumpla con lo pautado o si este no lo hace. La fianza de acuerdo al código
de comercio Venezolano es Mercantil, aunque el fiador no sea comerciante, si
tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación mercantil.
Existen tres elementos en la fianza:
Fiador: se obliga frente al acreedor a
cumplir la obligación del deudor si este no cumple o no lo hace.
Acreedor: titular del crédito que se garantiza.
Deudor: persona contra quien se tiene el crédito
y cuyo favor se otorga la fianza.
Tipos de fianzas:
Fianza de licitación
Garantiza al acreedor la obligación del
licitate que obtenga la buena pro, de mantener su oferta, suscribirse el
contrato y presentar la fianza de fiel cumplimiento.
Fianza de Fiel Cumplimiento
Garantiza al acreedor el fiel, cabal y
oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el
afianzado ya sea para ejecución de obras, suministros o entrega de mercancías o
materiales.
Fianza de Debida Ejecución y Buena
Calidad
Garantiza la buena ejecución de una obra y
la buena calidad de los materiales utilizados de acuerdo a la condiciones
ofrecidas por el contratista.
Fianza Laboral o Ley del Trabajo:
Garantiza el pago de los salarios y
prestaciones sociales de los trabajadores que intervienen en la ejecución de
una obra.
Fianza Aduanal
Garantiza al fisco
nacional el pago de los impuestos de importación, tasas de servicios y multas que pudieran ser ocasionadas por las
importaciones llegadas al país.
Fianza judicial
Se otorga para garantizar las resultas de
un juicio.
Fianza Daños a Terceros
Garantiza la indemnización por los posibles
daños y perjuicios materiales que pudieran ocurrir durante la ejecución de los
trabajos, sean estos propios, de terceros o del Estado.
SEGUROS DE RAMOS TÉCNICOS DE INGENIERA
Los riesgos
del ramo técnico de ingeniería pueden ser amparados por cuatro clases de pólizas,
a saber: pólizas de contratista, de seguro electrónico, de montaje y póliza de
rotura de maquinaria.
En estos
cuatro tipos de póliza la prima es pagadera por adelantado y exigible en
periodos anuales estableciéndose por parte de la compañía, para todas ellas que
aun cuando haya sido pagada la prima inicial, los riesgo no comenzaran a correr
por su cuenta, sino a partir de la fecha que aparezca indicada en el cuadro de
la póliza y que cualquier cancelación deberá acreditarse por medio de recibo
impreso, expedido por la empresa y debidamente suscrito por un funcionario
autorizado de esta.
Seguros de Contratista
En la póliza
de contratista la compañía asume a cambio de la prima obligación de indemnizar
al contratante por los daños causados en forma accidental, súbita e imprevista
a los bienes asegurados durante su contratación y que hagan necesaria la reparación
o la reposición de los mismo, siempre que tales daño hayan ocurrido en el sitio
donde se lleven a cabo los trabajos respectivos, pudiendo extender su cobertura a los siguientes riesgo:
. Daños
causados directamente por terremoto, temblor, maremoto y erupción volcánica.
. Daños
ocasionados por ciclones, huracanes, inundaciones, derrumbes, etc.
. Daños
causados directamente por el contratista
.
Responsabilidad civil extra-contrataul en que incurre el asegurado o
contratante por daños causados a bienes a terceros.
. Gasto
causados por la remoción de escombros necesarios después de la ocurrencia de siniestro
cubiertos por la póliza.
Seguros de Montaje
A cambio del
pago de la prima estipulada, en este seguro, la empresa aseguradora, asume la obligación
de indemnizar al contratante por daños materiales director, súbitos e
imprevistos que experimente el bien asegurado durante su montaje en el lugar
donde se lleva a cabo la operación, siempre que tales daños sean causados por
la cristalización de alguno de los riesgos cubiertos por la póliza.
Seguro de Rotura de Maquinaria
En la póliza
rotura de maquinaria la obligación que a cambio del pago de la prima asume el
asegurador es la de indemnizar al contratante por el daño material súbito e
imprevisto que haga necesaria la reparación o reposición de toda o parte de la misma, a fin de dejarla en similares condiciones
existentes al tiempo inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro.
En caso de
producirse el siniestro, la indemnización respectiva tendrá este o no
trabajando la maquinaria, pero siempre y cuando esta se encuentre dentro del
predio señalado en la póliza.
Daniela Moreno
Viviana Reina
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